En los Puntos relativos al elenco número 11 de la Iglesia del Manicomio de Señoras de San Baudilio de Llobregat , fechado el día 21 de febrero de 1921, y que firma el Capellán de aquel establecimiento psiquiátrico, D. Ramón Roma y Terradellas, presbítero, recoge en uno de sus puntos -- concretamente el XIV --referido a CONFESIONARIOS, lo siguiente:
"Hay dos confesionarios, en sitio manifiesto, bien dispuestos, limpios, con ventanillas laterales y éstas con rejillas clavadas, de agujeros pequeños y un velo interior que las cubre. No se cierran con llave. El confesor observa con su hábito lo prescrito en el Ritual Romano. Hay un confesionario en la sacristía para sordos" (1)
Es decir, que para asegurar la intimidad y el secreto de confesión de las personas asistidas en aquel hospital, y que a la enfermedad mental que padecían, pudieran también tener asociados déficits auditivos, se les oía en confesión en el interior de la sacristía, y con la puerta cerrada, permitía al confesor elevar el tono de voz para que resultara entendedora para la persona que acudía a confesar, atendido que en aquella época no existían los aparatos auditivos que permiten actualmente, a las personas con sordera, entender una conversación sin necesidad de elevar en demasía el volumen de voz.
Obviamente nos resulta difícil, atendidas las limitaciones de acceso a determinadas fuentes institucionales de consulta y archivo, conocer con exactitud cuando se instaló este confesionario en la sacristía, y quién fue la persona que así, tan acertadamente, lo dispuso.
Conocidas las mucha citas documentadas de que se disponen del Padre Benito Menni,referidas a la estricta y fiel observancia, en la exigencia de los más mínimos detalles, en todo aquello que pudiera contribuir a garantizar el respeto de los derechos y la dignidad de las personas enfermas asistidas en las instituciones de su directa responsabilidad, apostaríamos, de manera abierta y decidida, con seguridad de acertar, que fue una de sus muchas iniciativas ordenar, que uno de los dos confesionarios de que se disponía, estuviera en la sacristía, precisamente para atender las necesidades, en materia de confesión, de las personas con sordera.
(1) Archivo Diocesano de Barcelona.
1 comentario:
Pues fue una muy buena ocurrencia. En ningún sitio se piensa en ello, y menos en aquella época.
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