miércoles, 27 de noviembre de 2013

CENTENARIO DE UN CONVENIO ENTRE LOS HOSPITALES PSIQUIÁTRICOS DE SANT BOI DE LLOBREGAT Y LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL CEMENTERIO. (1913 -2013)






Desde el mes de agosto de 1853 en que el Dr. Antoni Pujadas i Mayans se estableció en las ruinas del antiguo convento de Padres Servitas en Sant Boi de Llobregat, con un grupo de 16 personas con enfermedad mental, procedentes de la barcelonesa calle de la Canuda, de donde habían sido expulsados por el gobernador civil Melchor Ordóñez, el hospital psiquiátrico inaugurado oficialmente el día 6 de junio de 1854 había asilado a personas de ambos sexos, hasta que catorce años  después del fallecimiento de su fundador Dr. Pujadas, fue adquirido por el Padre Benito Menni en 1895, siendo desde aquel momento,  los hombres asistidos por los Hermanos de la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios y las mujeres por las Hermanas Hospitalarias del Sagrado Corazón de Jesús.

Paralelamente a esta separación se sexos, se inició un procedimiento de separación de bienes entre ambas comunidades, que culminó satisfactoriamente en el año 1913, y en consecuencia procedía a adecuar el convenio que mantenía aquella institución psiquiátrica a la nueva realidad. De este modo, el 26 de noviembre de 1913, la Junta Administrativa del Cementerio adoptó,  entre otros, el siguiente acuerdo:

"Como quiera  que el concierto que venía rigiendo para los enterramientos de los fallecidos en el Manicomio ha de terminar en 31 de Diciembre próximo, á causa de que el régimen administrativo unitario cesa, a partir de aquella fecha, independientemente para cada una de las secciones de hombres y de mujeres, se acuerda delegar al Rdo. Sr. Cura - Regente y al Dr. Llinás para que se avisten con el Padre superior del Manicomio de hombres y la Madre superiora del de mujeres al obgeto de intentar la celebración de un nuevo concierto para cada dependencia, bajo la base total de mil pesetas anuales que actualmente se cobra por este concepto.

Acordose acto contínuo que á partir del día 1º de Enero próximo los derechos de enterramiento en la fosa común sean de ocho pesetas para cada cadáver en vez de las cinco que se cobran actualmente.

A propuesta del Dr. Llinás se acordó apercibir al sepulturero que se abstenga de utilizar á los albergados en el Manicomio en las faenas de enterramientos.

A propuesta del Rdo. Sr. Cura Regente se acordó: que los cadáveres procedentes de dicho establecimiento sean depositados en la fosa común con la caja tapada permitiéndose únicamente que se rellenen de cal los huesos que en dicha caja deje el cadáver". (1)

(1) Arxiu Històric Municipal de l'Ajuntament de Sant Boi de Llobregat