domingo, 23 de noviembre de 2014

UN SACERDOTE PUSO EN CONOCIMIENTO DE ROMA, QUE EL OBISPO DE BARCELONA SE RETIRABA A DESCANSAR, CON FRECUENCIA, AL MANICOMIO DE MUJERES DE SAN BAUDILIO DE LLOBREGAT, CUANDO PODÍA HACERLO EN EL DE HOMBRES ( AÑOS 1915 - 1918 )


Monseñor Enrique Reig Casanovas, obispo de Barcelona (1914 - 1920)

Hace algún tiempo, tuve ocasión de conocer la existencia del segundo tomo de un libro editado en Barcelona, en 1936. Su autor, Juan Solanas Calaf,(1) sacerdote que, en una determinada época de su  ministerio, la emprendió denunciando actuaciones que no consideraba correctas en el proceder de monseñor Enrique Reig Casanovas,(2) obispo de Barcelona.

En unos párrafos del libro , desaprueba, entre otras cosas, que monseñor Enrique Reig prefiriera retirarse a descansar en el Manicomio de Mujeres de San Baudilio de Llobregat, a cargo de las Hermanas Hospitalarias del Sagrado Corazón de Jesús, en lugar de hacerlo en el Manicomio de Hombres, regentado por los Hermanos Hospitalarios de la Orden de San Juan de Dios.

Escribió una vez más a Roma, dando cuenta de esta circunstancia,  que en su versión, se repetía a menudo, si bien concluye reconociendo que no logró otra cosa que acrecentar el odio hacia él de sus contradictores.

Para una mejor comprensión, reproduzco estos párrafos del referido libro:

"La torre de Pedralbes.- Pedralbes es uno de los magníficos parajes de esta ciudad, situado en su parte alta, donde siguen erigiendo su morada numerosos potentados, alrededor del famoso Monasterio de este nombre. 

El obispo Catalá, unos cuarenta años atrás, pensando que la fatiga que trae consigo la administración de la diócesis  requería un lugar de descanso, hallóle en la torre, de la que dotó la Mitra, cedida por las monjas a precio de favor -- cuatro mil duros  -- atendido el objeto a que se destinaba.

Reig la vende en veinte mil. Enteradas las vendedoras, piden compensación al tenor de su justiprecio, ofreciéndoles Reig dos mil pesetas, que dignamente rechazaron.

A los pocos días de vendida, pretextando que no era necesaria a la Mitra para descanso, publican los periódicos que el señor Reig, necesitado de descanso, se había retirado unos días al Manicomio de San Baudilio, próximo como es sabido, a la ciudad. De manera que la Mitra al mismo tiempo necesitaba y no necesitaba lugar de descanso. Aparte esta consideración, era lo peor que donde se retiraba a descansar era, no al Manicomio de hombres, regentado por los Hermanos de S. Juan de Dios, sino con la desedificación consiguiente, al de mujeres, a cargo de las Hermanas Hospitalarias, siendo uno y otro igualmente confortables, y casi a la misma distancia. De este hecho, que se repetía a manudo, dí cuanta a Roma, sin tenerla de que había de acrecentar el odio de mis contradictores" (3)


(1) Juan Solanas Calaf, (Sant Boi de Llobregat (Barcelona), 1866 - 1947). Fue ordenado sacerdote en 1890 y, seis años más tarde, siguiendo los consejos de su médico, embarcó con destino a Cuba, para cambiar de aires, con el fin de intentar mejorar el precario estado de salud que adolecía desde los tiernos años de su infancia. 
Al estallar la guerra de Cuba, regresó de nuevo a su  Sant Boi natal, y con la ayuda de su hermano Antonio, también sacerdote, pasó a ser beneficiario de la Parroquia de la Concepción, de Barcelona.
Poco antes de estallar la Guerra Civil española, publicó un libro en dos tomos, con el título "Mis luchas con nueve obispos o historia de un cisma", en el que daba a conocer, a la opinión pública, su aferrada postura de denuncia a las máximas instancias superiores, de actuaciones que consideraba irregulares por el proceder de los obispos de la Diócesis de Barcelona, en el ejercicio de sus respectivos cargos, lo cual le originó muchos disgustos y enemistades.
En los últimos tiempos de su vida se retiróa la casa familiar de "Cal Nyet", en la calle de Agramunt, de Sant Boi de Llobregat, debido a que su estado de salud era cada vez más delicado, si bien falleció a la edad de 81 años.(Fons Documental David Vendrell i Llauradó).

(2) Enrique Reig Casanovas (Valencia 1859 - Toledo 1927). En 1880 se licenció en derecho y, viudo, fue ordenado sacerdote (1886).Canónigo en la ciudad de Mallorca (1896) fue más tarde catedrático de sociología en el seminario de Toledo (1900) y auditor de La Rota (1904)
En 1914 fue nombrado obispo de Barcelona, donde creó un Museo Arquelógico Diocesano, reorganizó la Acción Católica. En 1920 pasó a arzobispo de Valencia, donde creó el Museo Arqueológico Diocesano y coronó Patrona a la Virgen de los Desemparados (1923).
Nombrado cardenal en 1922 fue preconizado arzobispo de Toledo, y mientras regió esta diócesis, organizó un Congreso Eucarístico (1926). Actuó especialmente en la creación de sindicatos católicos y de promoción de la influencia eclesiástica en los medios de comunicación. (Gran Enciclopedia Catalana. Barcelona. 1978).

(3) Juan Solanas, Prbo. "Mis luchas con nueve obispos o historia de un cisma". Libro segundo. Imprenta "La Unión Obrera". Barcelona. 1936.

domingo, 2 de noviembre de 2014

AL TENIENTE CORONEL ANTONIO ALCUBILLA SE LE INDULTÓ LA PENA DE MUERTE POR LA RECLUSIÓN PERPÉTUA EN EL MANICOMIO DE SAN BAUDLIO DE LLOBREGAT ( NOVIEMBRE DE 1936)

Oficio  expedido por el Departament de Seguretat Interior de la Generalitat de Catalunya, con fecha 7 de noviembre de 1936, en el que se declara que en virtud  de haber recibido un certificado médico, en el que se declara que el preso y condenado  Antonio Alcubilla, tiene perturbadas  las facultades mentales, y por comunicado en separado del Presidente de la Audiencia Territorial, sea conducido al Manicomio de San Baudilio de Llobregat. (Clicando encima de la imagen, podran visualizar ampliado su contenido).



En el mes de julio de 1936, la mayor parte del Ejército se rebeló contra la República española. Era el inicio de la Guerra Civil. En Girona, la mayoría de la guarnición militar de aquella ciudad, estaba comprometida con el movimiento subersivo, pero hubo también unos pocos militares que, por convicción o por otras diversas circunstancias, sirvieron  al régimen legalmente constituído, entre ellos los militares destinados a la capital gerundense, el teniente coronel Antonio  Alcubilla y el capitán  Enrique Justo.

Quienes cometieran  un delito de rebelión militar, como el tipificado en el art. 237 del código de justicia militar, que se refería a "los que se alcen en armas contra la Constitución del Estado Republicano, los Cuerpos Colegiadores o el Gobierno Constitucional y Légitimo", serán castigados, según al art. 238, con la pena de muerte o la reclusión perpétua.

El Tribunal -- contrariamente a lo que habrían preferido los elementos más exaltados -- no quiso que hubiera un derramamiento de sangre, y evidenciando muestras de moderación, quiso distinguir las responsabilidades de los dirigentes principales, la de los más reducibles y la de los subordinados, teniendo también en consideración las actuaciones anteriores de los procesados, especialmente en la represión de los hechos de octubre de 1934. De ahí que en sus sentencias, las penas de muerte dictadas y ejecutadas , fueran  reducidas a tres, contrastando   notablemente con las que fueron dictadas y aplicadas por idénticos motivos a los militares de Mataró y de otras ciudades catalanas.

De ahí que, el Jurado, valorando de manera positiva la actuación del teniente coronel Antonio Alcubilla en los hechos de Asturias, solicitó que el Conseller de Justicia, Andreu Nin, y el Consell de la Generalitat de Catalunya, le conmutasen la pena de muerte a que había sido condenado, y que fue atendida de acuerdo con el decreto firmado por el presidente de la Generalitat de Catalunya, Lluis Companys, el día 13 de octubre, en estos términos: 

"Vista la sentència dictada pel Tribunal Popular de Girona amb data 11 del mes corrent, d'acord amb l'informe del Conseller de Justicia, i a proposta del Consell, 
Decreto: És concedit al condemnat Antoni Alcubilla i Pérez l'indult de pena de mort que, per delicte de rebelió militar, li ha estat imposat per la sentència dictada pel Tribunal Popular, que entén dels delictes feixistes, amb data 11 de l'actual, la qual pena li és conmutada per la reclusió perpètua, amb les accesòries corresponents".

Poco después, el presidente de la Audiencia de Girona y del Tribunal que lo había juzgado, en oficio de fecha 7 de noviembre, establecía que "por decrecto de esta fecha, he acordado que el condenado preso de esta cárcel Antonio Alcubilla Pérez, sea trasladado al Manicomio de San Baudilio de Llobregat, donde deberá quedar recluído" .

Sin embargo, el trato diferenciado y privilegiado de que gozó Antonio Alcubilla, en comparación con el resto de condenados, no acabaría aquí, puesto que en el transcurso del año 1937 fue canjeado por un prisionero republicano y con ello pudo incorporarse al ejército franquista, donde siguió una brillante carrera militar, que en el futuro, le permitió alcanzar puestos de máximas responsabilidades.

FUENTE DE CONSULTA

Clará, Josep. "Dos militars davant i desprès de l'aixecament del 19 d juliol de 1936 : Antonio Alcubilla i Enrique Justo".  Anals de l'Institut d'Estudis de Girona. Any 2000. 41- 531-554