lunes, 31 de octubre de 2011

CLAUSURA DEL CURSILLO DE MEDICINA LEGAL Y PSIQUIATRÍA FORENSE EN EL SANATORIO PSIQUIÁTRICO NTRA. SRA. DE MONTSERRAT, DE SANT BOI DE LLOBREGAT (1954)

La importancia de los hospitales psiquiátricos de Sant Boi de Llobregat los ha convertido, a lo largo de su dilatada historia, en el marco ideal para la celebración de actos , congresos y acontecimientos de la máxima relevancia referidos a la salud mental.

El sábado, 5 de junio de 1954 -- víspera curiosamente del centenario de la inauguración oficial del Instituto Manicómico de San Baudilio de Llobregat, fundado por el Dr. Antonio Pujadas y Mayans -- se procedía, en el entonces denominado Sanatorio Psiquiátrico Nuestra Señora de Montserrat, de Sant Boi de Llobregat, a la sesión de clausura del cursillo de Medicina Legal y Psiquiatría Forense para juristas, que había sido organizado por el Seminario de Derecho Penal y Criminología de la Universidad de Barcelona, y que se había venido profesando durante aquel curso.

El acto estuvo presidido por el vicedecano de la Facultad de Medicina, doctor Sales Vázquez; el catedrático de Psiquiatría de la universidad de Barcelona, doctor Ramón Sarró Burbano; el doctor Córdoba Rodríguez, director-consultor del sanatorio psiquiátrico de Sant Boi de Llobregat, el doctor Juan Juncosa Orga, director del mismo sanatorio , y el doctor Granados, jefe de la Clínica Militar Psiquiátrica. En el aula del establecimiento habían numerosos alumnos asistentes al cursillo.

La conferencia de clausura corrió a cargo del profesor Octavio Pérez-Vitoria, catadrático de Derecho Penal y Criminología, desarrollando el tema " Las enseñanzas de la Medicina Legal y de la Psiquiatría Forense en el Derecho español", cuyo conocimiento -- dijo -- " se hace imprescindible a quienes han de intervenir en la administración de la justicia penal" , glosando, a continuación, el significado de la colaboración de los psiquiatras en las cuestiones penales y criminológicas. En el desarrollo del tema de su conferencia, hizo un estudio de la fórmula de inimputabilidad por enfermedad mental, contemplada en el Código Penal español, y destacando el significado de la expresión "enajenado" que aparece en el referido Código y que recoge los conceptos psiquiátricos de "psicosis, oligofrenia y otros trastornos mentales" que en profundidad -- señaló -- pueden equipararse a la propia enfermedad mental en casos excepcionales. Analizó detenidamente el concepto de "trastorno mental transitorio", fórmula empleada por el texto legal, haciendo un estudio de su aspecto psiquiátrico y de la doctrina jurisprudencia que ha limitado el terreno jurídico y estableciendo sus requisitos. que fueron debidamente considerados por el conferenciante.

Seguidamente hubo una sesión clínica a cargo de los doctores Córdoba Rodriguez, Juncosa Orga y Granados, finalizando el acto con una detenida visita de los cursillistas a las dependencias del establecimiento psiquiátrico. (1)

(1) "La Vanguardia", Domingo, 6 de junio de 1954. Página 20.

No hay comentarios: