Se cumple, en el día de hoy, el 4º aniversario del fallecimiento del Dr. Jenaro Sancho Martínez de Virgala, y tal como anunciamos en el anterior post (http://jovencam.blogspot.com/2010/08/en-el-4-aniversario-del-fallecimiento.html), dedicaremos los próximos posts de este blog a la aportación de los documentos más importantes que conforman el expediente de solicitud y concesión del título de "Villa Hospitalaria" para el municipio de Sant Boi de Llobregat (Barcelona), iniciativa que propuso en su día el Dr. Jenaro Sancho, y que en un primer momento se había sugerido como "Muy Benéfica". La propuesta del Dr. Sancho tenía como motivación y fundamento el reconocimiento público a la favorable acogida que, desde los primeros tiempos de la fundación del hospital psiquiátrico, por el Dr. Antonio Pujadas y Mayans, en 1853 hasta nuestros días, han tenido las personas con enfermedad mental asistidas en aquel establecimiento.
En esta primera entrega, nos limitamos a reproducir el Decreto de su concesión, y en posteriores publicaciones, aportaremos las documentaciones que conformaron el expediente, desde la propuesta inicial hasta su conclusión.
DECRETO 1752/1971, de 1 de julio, por el que se concede el título de Villa Hospitalaria a la villa de San Baudilio de Llobregat, de la provincia de Barcelona.
El Ayuntamiento de San Baudilio de Llobregat (Barcelona) acordó por unanimidad aceptar la propuesta formulada por el Superior de los Hermanos Hospitalarios de San Juan de Dios, del Sanatorio Psiquiátrico, de solicitar para la población el título de Villa Hospitalaria.
En los documentos e informes que figuran en el expediente se ponen de manifiesto las extraordinarias atenciones que desde su fundación han recibido los Sanatorios Psiquiátricos de San Baudilio de Llobregat, tanto del Ayuntamiento como del vecindario que acoge con todo afecto y cordialidad a los enfermos en sus reiteradas visitas a la población. La Real Academia de la Historia, en su dictamen, estima indiscutible e incuestionable la justa conveniencia de honrar a San Baudilio de Llobregat con un título honorífico.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo trescientos del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales de diecisiete de mayo de mil novecientos cincuenta y dos, a propuesta del Ministerio de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Ministros en sesión celebrada el día veinticinco de junio de mil novecientos setenta y uno,
DISPONGO :
Artículo único.- Se concede el título de Villa Hospitalaria a la villa de San Baudilio de Llobregat, de la provincia de Barcelona.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid, a uno de julio de mil novecientos setenta y uno.
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de la Gobernación
TOMÁS GARICANO GOÑI
PROCEDENCIA
Boletín Oficial de Estado. Número 172, del 20 de julio de 1971
1 comentario:
Qué bonito gesto. Un abrazo querido amigo del alma.
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